Incineración o entierro: diferencias, precio y trámites

En qué se diferencian la incineración y el entierro, cuánto cuesta cada uno según la OCU, qué trámites piden y qué tener en cuenta para decidir.
Es una de las primeras decisiones que pide la funeraria. A veces la persona fallecida dejó dicho qué quería; si no, decide la familia. Estas son las diferencias prácticas.
Entierro (inhumación)
El ataúd se deposita en un nicho, una sepultura en tierra o un panteón familiar.
- Hace falta un lugar en el cementerio: si la familia no tiene uno, se alquila un nicho por un tiempo (a menudo 5, 10 o más años, según el ayuntamiento) o se compra una concesión de larga duración.
- Pasado el alquiler hay que renovarlo o trasladar los restos a un osario.
- Deja un lugar fijo al que ir a visitar a la persona.
Incineración (cremación)
El cuerpo se incinera en un crematorio y la familia recibe las cenizas en una urna, normalmente en uno o dos días.
- No hace falta nicho, aunque las cenizas se pueden depositar en un columbario, en un nicho familiar o en un jardín de cenizas del cementerio.
- Da más libertad sobre qué hacer después: ver qué hacer con las cenizas.
- Necesita una autorización específica y, en general, que el médico certifique que no hay motivos (como una muerte judicial pendiente) que lo impidan. La funeraria la tramita.
Precio
Según el último estudio de la OCU (2021, presupuestos de 113 funerarias en 29 ciudades), el precio medio era:
| Servicio | Precio medio |
|---|---|
| Entierro | 3.739 € |
| Incineración | 3.617 € |
La diferencia media es pequeña, pero varía muchísimo por ciudad: en el estudio, el entierro iba de unos 2.500 euros en Zaragoza o Cádiz a más de 6.000 en Vigo. Lo que más pesa en el entierro es el nicho; en la incineración, la tasa del crematorio y la urna. Más detalle en cuánto cuesta un entierro.
Qué tener en cuenta para decidir
- Lo que quería la persona: si lo dejó dicho o escrito, es lo primero.
- Si hay panteón o nicho familiar con sitio, el entierro suele salir más barato.
- Creencias: el islam y el judaísmo no admiten la incineración; la Iglesia católica la permite desde 1963, con condiciones sobre las cenizas.
- Visitas: algunas personas necesitan un lugar concreto donde ir; un nicho o un columbario lo dan en los dos casos.
- Seguro de decesos: casi todas las pólizas cubren las dos opciones.
Preguntas frecuentes
¿Es más barata la incineración?
Un poco, de media. La OCU calculó en 2021 unos 3.617 euros para una incineración y 3.739 para un entierro, aunque en muchas ciudades la diferencia es mayor o al revés.
¿Se puede velar al difunto antes de incinerarlo?
Sí. El velatorio en el tanatorio es igual en los dos casos; la incineración se hace después, normalmente al día siguiente.
¿Permite la Iglesia católica la incineración?
Sí, desde 1963, siempre que no se elija por motivos contrarios a la fe. Pide que las cenizas se conserven en un lugar sagrado, como un cementerio o un columbario, y no que se esparzan.
